Tras una experiencia piloto puesta en marcha hace un año en la Asesoría Xurídica, la Xunta inicia ahora el proceso para regular y extender a todo su personal el teletrabajo, lo que permitirá a lo funcionarios realizar sus tareas desde casa dos días a la semana, y la flexibilidad y la compensación horaria con el fin de permitir la conciliación familiar y laboral de los trabajadores públicos. Al margen de estos beneficios quedarán los cargos de libre designación, que dependerán de lo que establezca en cada momento el responsable del nombramiento, pero que tendrán que trabajar en jornada de mañana y tarde.

El Consello analizó ayer el borrador de la orden que regulará el proceso y hoy mismo, según informó el presidente, Alberto Núñez Feijóo, comenzará la negociación con las organizaciones sindicales.

Un de las novedades es el denominado horario flexible, que podrá solicitarse por razones de conciliación o interés particular. Habrá un tramo fijo de horario, entre las nueve y las dos de la tarde, que el funcionario deberá cumplir obligatoriamente, y una parte flexible, entre las 07.00 y las 09.00 y entre las 14.00 y las 18.30 horas, en la que le trabajador podrá acudir a su conveniencia hasta completar su jornada. La concesión de esta modalidad estará siempre supeditada a la cobertura de las necesidades de servicio donde el personal desarrolle su labor.

Por regla general, la duración de la jornada será de 37,5 horas semanales, salvo en los supuestos de especial dedicación, que llegará a las 40 horas.

Otra innovación en la regulación de la Xunta es la llamada compensación horaria, que permitirá al empleado público recuperar, dentro de su jornada diaria, el tiempo de trabajo efectivo no realizado por, como ejemplo, llegar tarde. Eso sí, esta fórmula es incompatible con el horario flexible. También se regula la opción del teletrabajo, que se incorpora por primera vez, mediante la cual los empleados públicos desarrollarán sus tareas fuera de las dependencias de la administración autonómica mediante el empleo de las nuevas tecnologías.

Las funciones del teletrabajador serán las mismas que desempeña en su puesto de trabajo habitual, salvo las ligadas a la presencia física en las dependencias administrativas, y la Administración podrá requerir su presencia en las dependencias administrativas si así es preciso por las necesidades del servicio.

En todo caso, los empleados públicos deberán disponer por su cuenta de los medios técnicos necesarios para trabajar desde casa, como equipo informático con acceso a internet, lector de tarjeta y teléfono móvil. Estos elementos nunca serán facilitados por la Xunta, como deja bien claro el Gobierno gallego.

Pero no podrá pedir el teletrabajo quienes quieran, sino aquellos cuya naturaleza de su tarea se lo permita, como estudio y análisis de proyectos, elaboración de informes, asesoría, redacción de documentos, inspección o gestión de sistemas de información.

También se habilitará un horario especial para las unidades de atención e información ciudadana -de la que la Xunta no dio detalles- y otro para el personal de apoyo, como secretarias y cargos medios que asisten a altos cargos, cuando resulte más adecuado para el desempeño de sus funciones. En este último caso, cuando se considere oportuno, se podrá establecer horario de mañana y tarde.