El Consultivo salva al Concello de Sada de indemnizar a una promotora con 290.000 euros

La empresa, administrada por un hermano del exalcalde Ernesto Anido, culpa al Ayuntamiento de no poder edificar en unos terrenos | El organismo cree que no se dan los requisitos para una compensación

Ayuntamiento de Sada. |   // LA OPINIÓN

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El Consello Consultivo de Galicia  ha emitido un dictamen en el que da la razón al Concello de Sada y rechaza la reclamación de una promotora que achacaba a “graves y culpables incumplimientos” del Ayuntamiento la imposibilidad de obrar en unas parcelas de su propiedad adquiridas en 2005.

La empresa Promotores de Viviendas Sada SL, administrada por un hermano del exalcalde de Sada Ernesto Anido, reclamaba 290.854 euros en compensación por no poder obrar en este suelo, afectado primero por la suspensión de las normas subsidiarias y la aprobación en 2006 de una normativa provisional que impedía edificar en este ámbito y, después, por su inclusión en el plan general dentro del ámbito del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Fontán, que sigue sin aprobarse transcurrido el plazo que fijaba el propio documento urbanístico.

La promotora reclamaba al Concello de Sada el pago de 153.427 euros para compensarle por los gastos en la compra de los terrenos y la redacción de un anteproyecto y un estudio geotécnico y de 137.426 euros por la “rentabilidad perdida de las inversiones realizadas” para esta promoción inmobiliaria.

El Consello Consultivo rechaza íntegramente su reclamación. Alega este organismo que la empresa no disponía de licencia para ejecutar esta promoción inmobiliaria y “ni siquiera la había solicitado”. Argumenta además que la promotora carecía de todos los terrenos necesarios para este desarrollo urbanístico, dado que solo “había adquirido el 75% de la propiedad de dos parcelas cuando eran más las parcelas necesarias, sin que tuviera garantizada la adquisición de las restantes fincas necesarias”.

El Consultivo argumenta además que la empresa tampoco disponía de un proyecto, “solamente un anteproyecto y un estudio geotécnico” y coincide con el arquitecto municipal de Sada en que es “manifiestamente insuficiente para verificar su adecuación a los diferentes instrumentos de planificación urbanística aplicables y para solicitar la correspondiente licencia de obras”.

Por todo esto, el órgano consultivo concluye que la entidad reclamante “no adquirió un derecho a un desarrollo de una promoción inmobiliaria” que se viera afectada por la suspensión de las normas subsidiarias y la demora del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Fontán: “Solo tenía una mera expectativa de desarrollar una promoción inmobiliaria, para la consecución de la cual llevó a cabo ciertas inversiones que constituyeron más bien desembolsos propios de una decisión empresarial y del riesgo inherente a ella que estrictamente gastos urbanísticos necesarios”.

Advierte además que no puede considerarse que la promotora incurriese en gastos que devinieran inútiles dado que todavía está pendiente de aprobación el plan especial que establecerá las pautas para futuros desarrollos. El Consultivo considera además que, en todo caso, la reclamación habría prescrito dado que, entiende, deberían haberse reclamado tras la suspensión de las normas subsidiarias.

La ordenación de las parcelas de esta promotora suscitó polémica durante el mandato de Anido y dio pie a una denuncia del PDSP por un supuesto “pelotazo” que fue archivada.

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