La DGT emite sus primeras multas por no llevar esta etiqueta: debe estar bien visible
Llevaban tiempo avisándolo, pero la norma ya está activa en algunas ciudades de España
![La DGT multará a todos los conductores que no lleven esto](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/2e434567-f688-44b3-8f0f-6ce45f40fedd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
La DGT multará a todos los conductores que no lleven esto / EP
Las normas contra el cambio climático están a la orden del día, alterando algunas acciones rutinarias con las que el ser humano perjudicaba al medioambiente. Todas estas nuevas leyes son por el bien del planeta y hay que aplicarlas por puro sentido común, pero también si queremos ahorrarnos una buena multa.
La Ley del Cambio Climático y Transición Energética empieza a activarse en buena parte de España y es por ello que nuevas posibilidades de ser sancionados aparecen en el horizonte. Por ello, muchos ayuntamientos han empezado a advertir a sus ciudadanos sobre las nuevas normativas, sobre todo con la referida a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).
Aunque a día de hoy solamente una minoría ha activado esta ley en sus ciudades (recordemos, será obligatoria en el futuro en municipios y ciudades de más de 50.000 habitantes), ya existen algunas ordenanzas municipales que obligan a llevar puesta una etiqueta medioambiental de la DGT si no queremos ser sancionados con una multa.
![Etiqueta C de la DGT](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/80b1752d-88ec-4730-a80e-b79c09d0a2a6_alta-libre-aspect-ratio_default_0.jpg)
Etiqueta C de la DGT
Etiquetas para acceder a una ZBE
Por ello, si queremos evitar la multa, debemos portar una de las siguientes etiquetas en una Zona de Bajas Emisiones:
- Etiqueta B. La correspondiente a turismos y furgonetas de gasolina a partir de enero de 2001 hasta 2005 incluido y los turismos y furgonetas diésel a partir de 2006 hasta agosto de 2015.
- Etiqueta C. La indicada para turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de 2006 y los turismos y furgonetas diésel matriculados a partir de septiembre de 2015.
- Etiqueta Cero. Creada para los coches eléctricos (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), híbridos enchufables con una autonomía de 40 km y los vehículos de pila de combustible.
- Etiqueta Eco. La adecuada para vehículos híbridos enchufables que no pueden recorrer más de 40 km en modo eléctrico, los híbridos no enchufables y los de gas natural (GNC, GNL y GPL).
Seguramente muchos estéis pensando en que aquí faltan muchos otros tipos de coches, pero es que, según la nueva normativa, no podrán portar ningún distintivo y tendrán la categoría A, que serían los coches de gasolina anteriores al 2001 y diésel anteriores al 2006.
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